Lucy Marcela Laborde, fiscal del caso Nicolás Petro
Lucy Marcela Laborde, fiscal del caso Nicolás Petro
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Defensa de Nicolás Petro pretende convertir en político el juicio al hijo del Presidente: Fiscalía

Lo consideró "inadmisible" porque se trata de un proceso penal.

Al solicitar este miércoles la inadmisión de entrevistas de diferentes medios al exfiscal general Francisco Barbosa, al fiscal Mario Burgos, que inició la investigación al exdiputado del Atlántico, Nicolás Petro, y a Daysuris Vásquez, expareja del hijo del Presidente; la fiscal Lucy Marcela Laborde cuestionó la manera como el abogado Alejandro Carranza ha llevado la etapa de juicio preliminar.

Sostuvo que el profesional del derecho quiere convertir en “político” un juicio penal.

Manifestó que Carranza “está introduciendo en su solicitud probatoria un sesgo institucional y un tema político”.

Cuestionó la fiscal que se justifique como pruebas en el juicio, la pertinencia de entrevistas al exfiscal Francisco Barbosa a  diferentes medios (CNN, Noticias Uno, Semana y Noticiero CM&)

Sostuvo la fiscal Laborde que los videos en mención pueden ser presentados como pruebas sino de impugnación de credibilidad, pues no se trata de una “publicación oficial”.

La representante del ente investigador cuestionó que se pretenda introducir en el juicio un proceso político, cuando los hechos de acusación son los delitos enriquecimiento ilícito de servidor público y lavado de activos.

Agregó que con estas pruebas se quiere convertir en un juicio político que es “inadmisible” por tratarse de un proceso judicial.

“Son documentos consultables al público, pero no documentos públicos”, aclaró.

Al requerir la inadmisión de estas pruebas, la fiscal dijo al juez: “Es claro que la defensa pretende convertir un juicio estrictamente jurídico, en un juicio político, aspecto que es completamente inadmisible, en el marco de un proceso penal acusatorio”.

Anotó que la Fiscalía requiere acreditar  los hechos jurídicos relevantes definidos en el escritos de acusación, mientras que la defensa debe controvertir a partir de una teoría que permita establecer que los hechos denunciados por el ente investigador “no son ciertos son inexactos, diversos o no serían suficientes para derrumbar la presunción de inocencia”